SECRETARIA DE FINANZAS

Sin duda alguna es una de las importantes ya que en ella se depositan las cuotas sindicales , es la encargada de informar el balance de las finanzas del sindicato tanto de activos como pasivos, préstamos y recuperación de carteras vencidas, así como rendir un informe completo de todos los movimientos que se hacen dentro del sindicato como son pagos de apoyo, defunciones mantenimiento de vehículos mantenimiento del edificio, papelería y todo lo que este dentro de su competencia sus atribuciones, esta secretaria esta supervisada por dos comisiones que son el Consejo General de Representantes y a la Comisión de Hacienda son los encargados de supervisar las finanzas del sindicato y es el que podrá fiscalizar esta secretaria y hacerle observaciones de acuerdo a sus facultades que le son encomendadas sus funciones de esta secretaria son:

ARTÍCULO 51.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

I. Sustituir en las ausencias temporales que no excedan de cuatro meses al Secretario del Interior, Actas y Acuerdos, o en las definitivas mientras se elija al sustituto, y en su caso sucesivamente al Secretario de Trabajo y Conflictos, al Secretario de Organización o al Secretario General.
II. Tener bajo custodia el patrimonio del Sindicato.
III. Llevar la contabilidad del Sindicato.
IV. Recaudar los ingresos del Sindicato sea cual fuere su procedencia.
V. Firmar la documentación relativa al movimiento de valores del sindicato con los requisitos que establezca este Estatuto.
VI. Efectuar los pagos que se realicen de acuerdo con el PRESUPUESTO aprobado por el Comité Ejecutivo, debiendo autorizarse dichos pagos por el Secretario General.
VII. Formular mensualmente un estado de cuenta, incluyendo corte de caja, poniéndolo a disposición de los afiliados que lo soliciten.
VIII. Hacer los depósitos de los fondos del Sindicato en las Instituciones de Crédito que hubiere señalado el Comité Ejecutivo.
IX. Rendir cada mes a la Asamblea General a nombre del Comité Ejecutivo cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio del Sindicato.
X. Publicar el balance en el órgano de prensa del Sindicato y poner a la vista de la Comisión de Hacienda la contabilidad de la Tesorería y la documentación respectiva del patrimonio del Sindicato.
XI. Proporcionar al Comité Ejecutivo, al Consejo General de Representantes y a la Comisión de Hacienda los datos que soliciten relativos al patrimonio y manejo de los fondos de Sindicato.
XII. Formular el proyecto de presupuesto de egresos para la organización de cualquier acto del Sindicato y someterlo a consideración del Comité Ejecutivo.
XIII. Las demás que establezca este Estatuto y que se desprendan de la naturaleza de su cargo.